El Real Decreto 2319/2004, de 17 de diciembre, establece las especificaciones técnicas que deben cumplirse para la seguridad, fiabilidad e idoneidad en el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima.
Tanto los contenedores nuevos, cuya construcción empezó en la fecha de entrada en vigor del Convenio sobre la seguridad de los contenedores (CSC), como los contenedores ya existentes que hayan sufrido una modificación no estructural o sin placa de aprobación, han de cumplir las prescripciones aplicables del Convenio (CSC) para posibilitar el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima.
Applus Organismo de Control, S.L.U. está habilitado con número de acreditación ENAC 548/EI006 para la aprobación, control e inspecciones de contenedores para transporte de mercancías peligrosas por vía marítima:
Los técnicos de Applus+ cuentan con una amplia experiencia y conocimiento de la normativa aplicable, lo que nos permite ofrecer el servicio de aprobación, inspección y control reglamentarios en las mejores condiciones, con la finalidad de garantizar el cumplimiento con la normativa, la seguridad y la funcionalidad de contenedores en cualquier parte de España.
El gran número de acreditaciones de las que dispone Applus+, nuestro software de gestión CIMSA y, en particular, su evolución CIMSA mobile para la digitalización de nuestras inspecciones, nos permite aportar una solución integral a las necesidades de nuestros clientes.
Los contenedores para el transporte de mercancías peligrosas vía marítima, necesitan la realización, por parte de un Organismo de Control (OC), de una aprobación de tipo e inspecciones iniciales antes de la puesta en servicio de los mismos, así como un control de la conformidad, e inspecciones de forma periódica a lo largo de toda su vida útil , salvo que el propietario tenga un sistema ACEP (programa aprobado por una autoridad competente para la realización de exámenes continuos por parte de un propietario de contenedores) autorizado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. También será necesaria una inspección extraordinaria en caso de reparaciones o modificaciones que afecten a su estructura, por accidentes, o a petición del Órgano Competente de la Administración.
Estas inspecciones, obligatorias por Ley, tienen por objeto comprobar la conformidad de los contenedores con la reglamentación de referencia (Real Decreto 2319/2004, de 17 de diciembre), así como el mantenimiento de dicha conformidad a lo largo del tiempo.
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