INTRODUCCIÓN

El Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos, establece los requisitos técnicos que deben cumplir las instalaciones de almacenamiento, además de establecer las condiciones de las inspecciones periódicas de productos químicos, que deben ser realizadas por un Organismo de Control.

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NUESTRA SOLUCIÓN

Los servicios ofrecidos comprenden las siguientes actuaciones como Organismo de Control:

  • Comprobación del contenido del proyecto con memoria técnica, planos, presupuesto, instrucciones, plan de emergencia, formación e información de trabajadores y medidas sustitutorias en caso de incumplimiento.
  • Inspección de documentación de legalización
  • Inspección de cumplimiento de requisitos técnicos y de construcción
  • Comprobación de medidas de seguridad y registro de mantenimiento
     
A QUIÉN VA DIRIGIDO

Los almacenamientos de productos químicos en depósitos fijos, depósitos móviles (3.000 litros), depósitos en superficie o enterrados, salas de almacenamiento, armarios protegidos, almacenes industriales, etc., son objeto de inspección por Organismo de Control con las siguientes periodicidades:

Inspecciones iniciales (Art. 3.7 del Reglamento de APQ – R.D. 656/2017): Para instalaciones con proyecto si lo solicita el Organismo Territorial Competente - OTC), y en todos los casos para instalaciones sin proyecto.

  • APQ1, APQ2, APQ3, APQ4, APQ5, APQ6, APQ7, APQ8, APQ10

Inspecciones y pruebas periódicas cada 5 años (Art. 5 del Reglamento de APQ – R.D. 656/2017): Inspección de la instalación en su conjunto.

  • APQ1, APQ2, APQ3, APQ4, APQ5, APQ6, APQ7, APQ8, APQ10

Revisiones periódicas anuales (Reglamento de APQ R.D. - 656/2017): Independientemente de lo establecido en el artículo 5 del Reglamento de almacenamiento de productos químicos.

  • APQ1, APQ2, APQ6, APQ7, APQ10

Inspecciones y pruebas periódicas en interior de tanques y recipientes a presión cada 10 años (art. 12.4 de la ITC-MIE APQ4)

Inspección de soluciones técnicas alternativas

VENTAJAS Y BENEFICIOS
  • Garantía en cumplimiento de los requisitos de seguridad en las instalaciones existentes. Y por lo tanto, reducción del riesgo de siniestros.
  • Nuestros técnicos disponen de experiencia contrastada y reciben formación continua que permite ofrecer un amplio y mejor servicio a nuestros clientes.
  • Cumplimiento de las disposiciones legales en el ámbito de reglamentación de almacenamiento de productos químicos.
  • Al ser un Organismo de Control (OC) acreditado por ENAC, estamos en contacto permanente con la Administración local competente en materia de almacenamiento de productos químicos.

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