INTRODUCCIÓN

Los requisitos que deben cumplir las instalaciones eléctricas existentes en explotaciones mineras de interior y labores subterráneas, se verifican mediante inspecciones de Seguridad Minera como Entidad Colaboradora de la Administración de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, R.D. 863/1985, y en las Instrucciones Técnicas Complementarias que desarrollan:

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NUESTRA SOLUCIÓN

Applus Organismo de Control S.L.U., organismo de control habilitado, actúa como Entidad Colaboradora de la Administración (Resoluciones de 9 de octubre de 2014 y de 19 de Abril de 2016 de la Dirección General de Energía y Minas de la Consellería de Economía e Industria de la Xunta de Galicia y está acreditado por ENAC con acreditación número 548/EI639 para la inspección como Organismo de Control en instalaciones eléctricas a petición de la autoridad minera en explotaciones mineras.

Nuestros técnicos disponen de una amplia experiencia y conocimiento de la normativa aplicable, lo que nos permite ofrecer el servicio en las mejores condiciones para garantizar el cumplimiento con la normativa, la seguridad y la funcionalidad que este tipo de instalaciones requiere en cualquier parte del territorio español.

Más de 30 años de experiencia de nuestra compañía, avalan nuestra capacidad de rápida respuesta a las necesidades de nuestros clientes en cualquier parte de España. 

El gran número de acreditaciones de las que dispone Applus+, nuestro software de gestión CIMSA y, en particular, su evolución CIMSA mobile para la digitalización de nuestras inspecciones, nos permite aportar una solución integral a las necesidades de nuestros clientes.

A QUIÉN VA DIRIGIDO

El tipo de evaluación será de Puesta en servicio e inspección a petición de la autoridad minera conforme a los artículos 11 y 15 del RGNBSM.

Estas inspecciones tienen por objeto determinar el grado de cumplimiento de las instalaciones eléctricas con las disposiciones y prescripciones técnicas establecidas en la reglamentación (RGNBSM y REBT aprobado por R.D.842/2002 y conforme a los criterios técnicos del REBT aprobado por R.D. 2413/1973).

La inspección consistirá en la revisión del estado general de la instalación eléctrica. En el caso de una inspección inicial se comprobará además la conformidad de la instalación con lo establecido en el proyecto autorizado.
 

VENTAJAS Y BENEFICIOS
  • Garantía en cumplimiento de los requisitos de seguridad en las instalaciones existentes. Y por lo tanto, reducción del riesgo de siniestros.
  • Nuestros técnicos disponen de experiencia contrastada y reciben formación continua que permite ofrecer un amplio y mejor servicio a nuestros clientes.
  • Cumplimiento de las disposiciones legales en el ámbito de reglamentación de seguridad minera.
  • Al ser un Organismo de Control (OC) acreditado por ENAC, estamos en contacto permanente con la Administración local competente en materia de reglamentación de seguridad minera.

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