INTRODUCCIÓN

Los Reglamentos de Seguridad Industrial en el ámbito de las instalaciones eléctricas de alta tensión establecen la obligatoriedad de inspeccionar este tipo de instalaciones por un Organismo de Control: 

Estas inspecciones, obligatorias por ley, tienen por objeto determinar el grado de cumplimiento que las instalaciones eléctricas de alta tensión tienen con respecto a las disposiciones y prescripciones técnicas establecidas en la reglamentación referenciada.

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NUESTRA SOLUCIÓN

Applus Organismo de Control, S.L.U., organismo de control habilitado, acreditado por ENAC con acreditación número 548/EI006 como Organismo de Control para la inspección inicial y periódica de las instalaciones eléctricas de alta tensión tanto en el ámbito de aplicación del Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión (R.D. 337/2014) como en el ámbito de aplicación del Reglamento de Líneas Eléctricas de Alta tensión (R.D. 223/2008)
Nuestros técnicos cuentan con una amplia experiencia y conocimiento de la normativa aplicable, lo que nos permite ofrecer el servicio de inspección reglamentaria de las instalaciones eléctricas de alta tensión en las mejores condiciones para garantizar el cumplimiento con la normativa y la seguridad y funcionalidad de este tipo de  instalaciones en cualquier parte del territorio..

Los más de 30 años de experiencia de nuestra compañía avalan que tengamos la capacidad de responder rápidamente a las necesidades de nuestros clientes en cualquier parte de España.

El gran número de acreditaciones de las que dispone Applus+, nuestro software de gestión CIMSA y, en particular, su evolución CIMSA mobile para la digitalización de nuestras inspecciones, nos permite aportar una solución integral a las necesidades de nuestros clientes.

A QUIÉN VA DIRIGIDO

Las instalaciones eléctricas de alta tensión  objeto de inspección reglamentaria  por Organismo de Control son las siguientes:

En el ámbito de aplicación del Reglamento de instalaciones eléctricas de alta tensión (R.D. 337/2014),

  • Inspección inicial, previa a su puesta en servicio, de las instalaciones eléctricas de tensión nominal superior a 30 kV (por ej: subestaciones y centros de transformación)
  • Inspección periódica trianual de instalaciones eléctricas  de tensión nominal superior a 1 kV
  • Inspección inicial instalaciones de alta tensión de producción de energía eléctrica de origen eólico o solar de potencia menor de 100 MVA

En el ámbito de aplicación del Reglamento de líneas eléctricas de alta tensión (R.D.223/2008),

  • Inspección inicial, previa a su puesta en servicio, de líneas eléctricas (aéreas y subterráneas) de tensión nominal superior a 30 kV
  • Inspección periódica trianual de líneas eléctricas (aéreas y subterráneas) de tensión nominal superior a 1 kV
     
VENTAJAS Y BENEFICIOS
  • Priorización en la ejecución de las inspecciones iniciales previas a la puesta en servicio. En su vocación de servicio al cliente y siendo el suministro eléctrico un servicio básico esencial para el funcionamiento y desarrollo de cualquier actividad productiva, Applus+ prioriza la ejecución de los trabajos de inspección previa a las puestas en marcha de las instalaciones adaptando los medios técnicos y humanos necesarios para ofrecer el mejor servicio a sus clientes.
  • Garantía en cumplimiento de los requisitos de seguridad en las instalaciones existentes. Y por lo tanto, reducción del riesgo de siniestros.
  • Nuestros técnicos cuentan con experiencia contrastada y reciben de manera continua formación para que puede tener un amplio conocimiento y ofrecer el mejor servicio a nuestros clientes.
  • Cumplimiento de las disposiciones legales en el ámbito de la reglamentación eléctrica de las instalaciones de alta tensión.
  • Al ser un Organismo de Control (OC) acreditado por ENAC, estamos en contacto permanente con la Administración local competente en materia de reglamentación eléctrica.
     

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